¿Existe un sistema de servicios sociales?

Por Miguel Simón - Director de Innovación y Relaciones Institucionales de Grupo 5
27 febrero 2020

Las Leyes de Servicios Sociales publicadas en España en esta última década vienen denominándose “de tercera generación”. Todas ellas tratan de garantizar el acceso a la protección social y sus servicios como un derecho subjetivo, lo que implica crear un sistema público de servicios sociales que se acabe configurando como el cuarto pilar del estado de bienestar, junto con el de seguridad social, el de educación y el sanitario. La denominación del reciente Ministerio creado (de Derechos Sociales) y la de diversas Consejerías Autonómicas, supone una apuesta en ese sentido. Sin embargo, cuando hablamos del sistema de servicios sociales ¿podemos referirnos a él en los mismos términos en los que hablamos, por ejemplo, del sistema sanitario o del educativo?

El 16 de noviembre de 1978 se crea el INSERSO (así denominado inicialmente). Su nacimiento se enmarca en el proceso de gestación de un nuevo modelo de Seguridad Social que alumbraba tres prestaciones con sus respectivos Organismos: la asistencia sanitaria, a través del INSALUD, las prestaciones económicas, a través del INSS y la atención a las personas mayores y discapacitadas, a través del INSERSO.

Asistíamos así a la incipiente creación de una red de servicios destinada a las personas vulnerables, cuyo objetivo era superar el modelo imperante hasta el momento y que consistía, básicamente, en servicios dispersos de atención promovidos por el SEREM (Servicio de Recuperación y Rehabilitación de Minusválidos Físicos y Psíquicos), por las primeras asociaciones de familiares afectados, la Iglesia Católica a través de su red de instituciones de carácter benéfico-asistencial, las Diputaciones Provinciales y su red de Hospitales Psiquiátricos y toda las redes de tipo caritativo existentes.

En cualquier caso, la atención se circunscribía de manera muy básica las situaciones de discapacidad física, psíquica o sensorial (ya existía la ONCE) y la atención a los mayores necesitados, principalmente válidos, con modelos de atención centrados en las instituciones, paternalistas, basados en la beneficencia y poco inclusivos.

En estos cuarenta años se ha producido una evolución social, económica y demográfica que se ha reflejado en el aumento de la cronicidad y la dependencia, los cambios en los modelos familiares, la creciente demanda de atención a los servicios públicos o las mejoras económicas y que ha requerido una nueva respuesta por parte de los servicios sociales. Un escenario nuevo marcado por:

  • La descentralización de la gestión, con la transferencia del IMSERSO y el desarrollo de las competencias de los servicios sociales por parte de las Comunidades Autónomas y de las Diputaciones Forales o Cabildos Insulares.
  • El creciente papel de los Ayuntamientos en la provisión de servicios.
  • La aparición, con sus luces y sombras, de la Ley 39/2006 de Promoción de la Autonomía y de Atención a las Personas en Situación de Dependencia, que configura determinadas prestaciones y servicios como un derecho ciudadano.
  • La progresiva asunción por parte de la Administración Pública de la promoción, planificación, gestión, financiación y creación de los servicios de atención, asumido como responsabilidad de los poderes públicos, en detrimento del papel de la familia y de su movimiento asociativo.
  • La participación profesionalizada de las asociaciones de familiares como gestores de servicios.
  • El crecimiento de los servicios de atención, que abarcan progresivamente mayores situaciones de discapacidad, dependencia y cronicidad, con una red diversificada de servicios de rehabilitación, ocupacionales, de día y residenciales.
  • El cambio en los paradigmas de atención, en los que se prima la atención en el entorno inmediato de la persona, la promoción de su autonomía, su participación en la toma de decisiones, los modelos de recuperación y de cuidados centrados en la persona y la atención por procesos sanitarios y sociales integrados.

Sin embargo, a pesar de todo ello, creo que estamos lejos aún de configurar un Sistema de Servicios Sociales similar al educativo, el sanitario o el de prestaciones.

Podemos aludir a diversas razones y entre ellas no son menores las dificultades financieras para el desarrollo de la Ley 39/2006, que acarreó a su vez la retirada del papel del Estado como financiador y regulador, dejando el esfuerzo en manos de las Comunidades Autónomas, lo que ha venido a agravar las desigualdades entre ellas.

La Ley 39/2006 suponía un intento de creación de un Sistema de Atención a la Dependencia. Sin embargo, no se ha conseguido articular organizativamente una red de servicios que depende competencialmente de al menos cuatro niveles administrativos distintos. Tampoco se ha definido de manera precisa un catálogo de servicios y prestaciones y en el que cada vez existen más diferencias territoriales. A ello contribuyen, además, las dificultades para articular de manera adecuada los servicios previamente existentes en materia de discapacidad, mayores o salud mental, con los surgidos al amparo de la Ley de Dependencia.

La multitud de proveedores públicos y privados, la confusión con respecto a las denominaciones de los servicios, la diversidad de las vías de acceso y copago, las distintas vías de financiación existentes, la confusión entre servicios garantizados y no garantizados, el diferente papel de los Servicios Sociales Básicos o de Atención Primaria en función del territorio o la ausencia de un sistema de información mínimamente armonizado que “siga al paciente”, configuran un panorama reflejo de un Estado descentralizado, pero también generador de confusión para los ciudadanos, lo que dificulta la percepción de un Sistema Social, incluso en el marco de las propias Comunidades Autónomas.

Confiemos en el papel del nuevo Ministerio para seguir consolidando los servicios y, sobre todo, para impulsar la construcción de un sistema basado en la planificación, la gestión, la organización normativa y la coherencia territorial, que sea verdadero garante de los Derechos Sociales.

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